· El cumplimiento de las Políticas generales para la prevención y control del riesgo de LA/FT/FPADM, es liderado por las Directivas, Oficial de Cumplimiento y los órganos de control respectivos.
· El Grupo Flor Suprema, sus compañías, directivos y colaboradores, se comprometen a dar estricto cumplimiento a las políticas y procedimientos relacionados y dan ejemplo de comportamiento ético en la gestión del riesgo de LA/FT/FPADM, teniendo además cero tolerancias frente a los delitos asociados al LA/FT/FPADM.
· Así mismo se abstendrán de establecer o mantener vínculos o relaciones contractuales y/o comerciales con contrapartes relacionadas con temas de LA/FT/FPADM o con quienes existan indicios o sospechas sobre el origen y legalidad de sus recursos.
· No se destinarán recursos para financiar grupos al margen de la ley, ni cederá ante pretensiones o presiones políticas o sociales de ningún grupo terrorista o de grupos al margen de la ley.
· Solo establecerán relaciones comerciales con contrapartes que hayan surtido los procedimientos de documentación y debida diligencia, incluyendo las excepciones mencionadas en el MANUAL. SAGRILAFT
· Se monitorearán las operaciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que por su perfil o por las funciones que desempeñan pueden exponer a Las Compañías a incurrir en riesgos de LA/FT/FPADM.
· Se conservarán de manera segura, disponible, e íntegra, la información que soporta el registro de la debida diligencia que se adelante con las contrapartes, información utilizada para el análisis de operaciones inusuales y sospechosas, así como la información reportada a las autoridades competentes.
· Cuando se incursione en nuevos mercados u ofrezca nuevos productos, evaluará los riesgos relacionados, incluido el de LA/FT/FPADM. Para esto, el Oficial de Cumplimiento, con el apoyo del responsable del nuevo negocio o producto, hará el análisis dejando la respectiva constancia.